No inscribir una vivienda vacía: grave, de 3.001 a 30.000 €.
Aprueban la ley que refuerza el control a los grandes tenedores de viviendas y no dejar inspeccionar pisos multas 30.001 a 90.000 €
No informar del cambio de titularidad durante el proceso de expropiación de uso: 3.000 €. — Facilitar información incorrecta o fuera de plazo: grave, de 3.001 a 30.000 €.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 26/10/2021 - 15:47:44
Comercializar infravivienda: grave, de 3.001 a 30.000 €. — Cobrar un alquiler más alto del fijado para una VPO: grave, de 3.001 a 30.000 €. Nuevo sistema de funcionamiento del Registro Público

El Parlamento aprueba la ley que refuerza el control a los grandes tenedores y establece un nuevo sistema de acceso al Registro de demandantes de vivienda. Se sancionará a los grandes tenedores que no dejen acceder a los inspectores a las viviendas y se podrá pedir auxilio a los cuerpos policiales. Las personas demandantes de vivienda deberán cumplir los requisitos para ser adjudicatarias para poder inscribirse y presentar una declaración responsable

El Parlamento de las Illes Balears ha aprobado hoy la Ley para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda. La Ley incluye medidas para agilizar y facilitar el acceso de la ciudadanía a las ayudas en materia de vivienda (especialmente las de alquiler) y otras medidas para incidir en la salida a la luz de las viviendas vacías de los grandes tenedores, y también para poder incluir en el parque público aquellas que sean objeto de operaciones entre ellos con un precio que resulte adecuado para la Administración. Esta nueva norma en materia de vivienda permitirá también incrementar el control sobre los grandes tenedores y las consecuencias que se derivarán cuando los mismos se nieguen a colaborar en el cumplimiento de la legalidad.

No dejar a la Administración inspeccionar los pisos: muy grave, de 30.001 a 90.000 €. — Subarrendar viviendas de protección pública: grave, de 3.001 a 30.000 €.

Igualmente, la Ley persigue, entre otros objetivos, reforzar la protección de las viviendas públicas y su correcto uso. Con la aprobación de distintas enmiendas al texto inicial, la Ley ha incorporado el nuevo sistema de funcionamiento del Registro público de demandantes de vivienda protegida de las Illes Balears, que permitirá optimizar la gestión, de forma que los procedimientos de adjudicación de VPO pública sean mucho más ágiles.

Las enmiendas han sido también la oportunidad para dar solución a una cuestión tan importante como la necesidad de dotar a la ciudad de Eivissa de un nuevo instituto y una nueva guardería pública (integrados en un nuevo centro CEIPESO), y un campo de fútbol en una parte de los terrenos de Can Escandell. Con la Ley, los terrenos tendrán la calificación de urbanos y ello permitirá acelerar la redacción y licitación de los proyectos constructivos, de forma que puedan ser una realidad cuanto antes. La calificación es la que prevé el futuro Plan General, adelantándose ahora simplemente.

Algunos ejemplos de las sanciones

— No inscribir una vivienda vacía: grave, de 3.001 a 30.000 €.

— No informar sobre las operaciones entre grandes tenedores: muy grave, de 30.001 a 90.000 €.

— No informar del cambio de titularidad durante el proceso de expropiación de uso: 3.000 €.

— Facilitar información incorrecta o fuera de plazo: grave, de 3.001 a 30.000 €.

— No dejar a la Administración inspeccionar los pisos: muy grave, de 30.001 a 90.000 €.

— Subarrendar viviendas de protección pública: grave, de 3.001 a 30.000 €.

— Comercializar infravivienda: grave, de 3.001 a 30.000 €.

— Cobrar un alquiler más alto del fijado para una VPO: grave, de 3.001 a 30.000 €.

Nuevo sistema de funcionamiento del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de las Illes Balears, incluido en la Ley vía enmienda. Se incluye una nueva regulación del registro de demandantes que optimizará su gestión y permitirá que los procedimientos de adjudicación de VPO pública sea mucho más ágil. Será también un instrumento muy útil para proporcionar información actualizada sobre la demanda real de vivienda protegida.

Hasta ahora, una persona se podía inscribir en el Registro libremente y es posteriormente, cuando se tiene que hacer una adjudicación, que se comprueba si se cumplen o no los requisitos y se puntúa la idoneidad. Ello complica mucho la gestión y proporciona un dato que no es el real sobre el número de personas que está a la espera de una vivienda de protección pública porque no todas las personas inscritas tienen derecho a la misma.

Con el cambio que introduce la Ley hoy aprobada, las personas que quieran acceder a viviendas protegidas tienen que inscribirse en el Registro y presentar una declaración responsable de que cumplen, desde el primer momento y hasta finalizar el proceso, los requisitos para ser adjudicatarias de una vivienda de protección (por ejemplo, unos determinados ingresos o no tener una vivienda en propiedad).

Esta inscripción tendrá una duración de dos años, que será prorrogable a petición de la persona interesada. Se tiene que pedir la prórroga para seguir en la lista. A partir de la aprobación de la Ley se establecerá un periodo de transición para las personas demandantes que están inscritas actualmente en el registro de seis meses para que presenten la mencionada declaración responsable.

Las VPO no podrán ser objeto de subarrendamiento ni de cesión de uso total o parcial sin control de la Administración. Cobrar un alquiler más alto al fijado por VPO ya era sancionable y ahora, si se ha hecho pagar a una persona en situación de dificultad económica, la persona propietaria le tendrá que devolver lo indebidamente cobrado.

Para luchar contra el fraude respecto de un bien tan esencial como es la vivienda, se dota a los inspectores de más instrumentos para poder detectar infracciones en materia de vivienda, y estos podrán actuar sin identificarse previamente o, incluso, bajo una identidad encubierta para detectar infracciones de todo tipo en materia de vivienda. También podrán exigir identificación.

Se incrementa la lucha contra la infravivienda y la comercialización de la misma, que hasta ahora era sancionable en los casos de alquiler y ahora lo será también en los casos de venta o cualquier tipo de cesión. 

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TONI
Esto es ya una dictadura encubierta, sancionar, sancionar, y sancionar, recaudar, recaudar y recaudar, hay gente que no puede comer y encima le sancionan.
JUAN
En lugar de todo esto la solucion es muy sencilla dotar a los propietarios de seguridad juridica a la hora de tener problemas.. sino todo es paja... y politica... verguenza señores hablan y hablan y sancionar a todo el mundo..
pedro
multas, multas y mas multas. Nos estamos lanzando a paso firme hacia un comunismo de mano dura y dictadura del Estado